Programa Partners EEFB

Condiciones del Programa Partners

Estas condiciones regulan el funcionamiento del Programa Partners EEFB para gestorías, asesorías y despachos profesionales que recomiendan los servicios de EEFB a sus empresas clientes.

Documento pendiente de revisión jurídica Esta versión recoge las reglas operativas actualmente previstas para el Programa Partners EEFB. Antes de considerarse texto contractual definitivo deberá ser validada jurídicamente.
Versión 1.0 Fecha: octubre de 2026

1. Objeto del programa

El Programa Partners EEFB permite a gestorías, asesorías y despachos profesionales recomendar EEFB a empresas interesadas en formación bonificada.

EEFB gestiona la prestación de la formación, la plataforma, el seguimiento de los alumnos, la documentación asociada al servicio y la operativa que corresponda con FUNDAE.

El Partner actúa como prescriptor y mantiene su propia relación profesional con sus clientes.

2. Alta y elegibilidad

La solicitud de incorporación al programa no tiene coste de alta.

El registro no implica la aprobación automática como Partner. Las nuevas solicitudes quedan pendientes de validación por EEFB.

EEFB podrá solicitar la información necesaria para verificar la identidad, actividad profesional y datos aportados durante el registro.

3. Código y enlace Partner

Una vez aprobada la cuenta, el Partner podrá disponer de un código y un enlace de recomendación propios.

Estos mecanismos permiten identificar las empresas o contactos que llegan a EEFB mediante la recomendación del Partner.

4. Atribución de clientes

La atribución está diseñada para identificar nuevos contactos y nuevas empresas que llegan a EEFB a través del Partner.

5. Comisiones

Las comisiones se aplican exclusivamente a operaciones que sean comisionables conforme a las reglas vigentes del programa.

Los niveles generales actualmente previstos son:

La comisión general prevista para renovaciones es del 5 %, salvo que exista una condición particular o una regla específica aplicable a la operación.

Las comisiones se calculan sobre importes efectivamente cobrados y comisionables, teniendo en cuenta las reglas vigentes sobre impuestos, descuentos, devoluciones y productos excluidos.

6. Validación y liquidación

Las comisiones generadas pasan por los estados de validación previstos en la plataforma antes de ser liquidables.

La liquidación se realiza de forma periódica conforme al procedimiento vigente del programa. Cuando corresponda, el Partner deberá aportar la factura o documentación fiscal necesaria antes del pago.

7. Cancelaciones, devoluciones y ajustes

Las cancelaciones, devoluciones totales o parciales y otras incidencias económicas pueden dar lugar a ajustes de las comisiones vinculadas a la operación afectada.

EEFB mantiene trazabilidad de estos movimientos económicos y de sus correcciones.

8. Obligaciones fiscales

Cada Partner deberá cumplir las obligaciones fiscales y de facturación que le resulten aplicables a las cantidades percibidas dentro del programa.

9. Uso adecuado del programa

No está permitido generar altas, atribuciones, operaciones o comisiones de forma artificial, fraudulenta o mediante información falsa.

EEFB podrá revisar operaciones anómalas y suspender temporalmente su liquidación mientras se comprueba su legitimidad.

10. Protección de datos

Los datos personales asociados al registro y funcionamiento del Programa Partners se tratarán conforme a la Política de privacidad de EEFB .

El Partner debe evitar compartir con EEFB información personal de sus clientes que no resulte necesaria para la prestación del servicio.

11. Uso de la marca EEFB

La participación en el programa no supone la cesión de la titularidad de las marcas, dominios, contenidos o materiales de EEFB.

Cualquier utilización pública de la marca EEFB deberá respetar las indicaciones de identidad y comunicación facilitadas para el programa.

12. Duración, suspensión y baja

La participación podrá mantenerse mientras la cuenta Partner continúe activa y se cumplan las condiciones aplicables al programa.

La cuenta podrá suspenderse cuando resulte necesario verificar documentación, operaciones o posibles incumplimientos de las reglas del programa.

13. Modificación del programa

EEFB podrá actualizar la estructura, niveles, reglas de atribución, productos comisionables y demás condiciones operativas del Programa Partners.

Cuando una modificación requiera una nueva aceptación expresa por parte del Partner, EEFB deberá comunicarla y registrar la versión correspondiente.